Si usted es ciudadano canadiense o residente permanente en Canadá, y tiene mínimo 18 años, usted puede auspiciar a ciertos familiares para que se conviertan en residentes permanentes canadienses. Si usted se vuelve un residente permanente, puede vivir, estudiar y trabajar en Canadá. Si usted patrocina a un familiar para que venga a Canadá como residente permanente, usted es responsable por apoyar financieramente a su familiar cuando él o ella lleguen.
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Requerimientos básicos para patrocinio familiar:
Para ser patrocinador:
- Tener mínimo 18 años de edad.
- Usted y el familiar patrocinado deben firmar un acuerdo de auspicio que lo compromete a proporcionar apoyo financiero a su familiar, si fuera necesario. Este acuerdo también establece que la persona que se convierte en un residente permanente realizará todos los esfuerzos para mantenerse a sí mismo(a).
- Usted deberá proporcionar apoyo financiero a un cónyuge, pareja de hecho o conyugal durante los tres años desde la fecha en que se vuelve un residente permanente.
- Usted deberá proporcionar apoyo financiero a su(s) hijo(s) dependiente(s) durante 10 años, o hasta que este(os) cumpla(n) los 25 años, lo que ocurra primero.
Las personas interesadas en aplicar bajo la categoría de patrocinio de la Clase Familiar pueden obtener una evaluación de su elegibilidad al completar nuestra Evaluación en línea gratis.
Usted puede patrocinar:
- Cónyuge – (aplican restricciones)
- Pareja de hecho – (aplican restricciones)
- Pareja conyugal – (aplican restricciones)
- Hijos dependientes
- Padres – (aplican condiciones adicionales)
- Abuelos – (aplican condiciones adicionales)
- Hermanos o hermanas, sobrinos o sobrinas, nietos o nietas que sean huérfanos, de menos de 18 años de edad y no estén casados o en un matrimonio de hecho.
- Cualquier otro familiar de cualquier edad o relación pero bajo condiciones específicas.
- Familiares acompañantes de los anteriores (por ejemplo, cónyuge, pareja o hijos dependientes).
Cónyuge – Usted es un cónyuge si usted está casado con su patrocinador y su matrimonio es válido legalmente.
Pareja de hecho – Usted es una pareja de hecho, ya sea del sexo opuesto o del mismo sexo, si: ustedes han estado viviendo juntos en una relación conyugal durante al menos un año en un periodo continuo de 12 meses sin interrupción. Usted necesitará prueba de que usted y su pareja de hecho han combinado sus asuntos y establecido un hogar.
Pareja conyugal – Esta categoría es para parejas, ya sea del sexo opuesto o del mismo sexo, en circunstancias especiales más allá de su control, que evita que puedan vivir juntos y por ende no pueden calificar como parejas de hecho o cónyuges.
Hijos dependientes – Un hijo o una hija es dependiente cuando:
- tiene menos de 22 años de edad y no tiene un cónyuge o pareja de hecho;
- tiene más de 22 años y depende substancialmente del apoyo financiero de un padre desde antes de los 22 años debido a una condición física o mental.
Programa Piloto de Permiso de Trabajo para el Cónyuge
Los cónyuges y parejas de hecho que se encuentran en el país y son objeto de solicitudes de inmigración pueden trabajar según el Programa Piloto de Permiso de Trabajo para el Cónyuge.
El programa está diseñado para permitir que los cónyuges y parejas trabajen mientras se finalizan sus solicitudes de inmigración.
Los candidatos elegibles deben estar en Canadá y en el proceso de ser patrocinados para la residencia permanente bajo la clase de cónyuge o pareja de hecho. Los candidatos también deben tener un estatus temporal válido como visitante, estudiante o trabajador.
Para obtener más información, haga clic aquí.
Obligaciones del Patrocinio:
Todos los patrocinadores deberán firmar un compromiso para proporcionar a la persona auspiciada los requerimientos básicos desde el día en que ingresen a Canadá hasta el término del compromiso. El compromiso es un contrato entre el patrocinador y CIC donde se expresa que el patrocinador reembolsará al gobierno por cualquier pago de asistencia emitido a la persona auspiciada. Los patrocinadores estarán obligados a cumplir con el acuerdo durante todo el periodo del contrato, incluso si las circunstancias cambiaran, como ruptura matrimonial, separación, divorcio o cambio financiero.
En caso de un cónyuge, pareja de hecho o pareja conyugal, el patrocinador deberá firmar un compromiso para reembolsar al gobierno federal o provincial desde la fecha en que se vuelven un residente permanente durante un periodo de tres años.
En el caso de un hijo menor de 22 años, del patrocinador o cónyuge, pareja de hecho o pareja conyugal, la obligación comienza el día en que el hijo se vuelve un residente permanente en Canadá, durante un periodo de 10 años o hasta que el hijo cumpla los 25 años de edad, lo que ocurra primero.
En el caso de un hijo dependiente de más de 22 años, del patrocinador o cónyuge, pareja de hecho o pareja conyugal, la obligación comienza el día en que el hijo dependiente se vuelve un residente permanente en Canadá, durante un periodo de 3 años.
En el caso de padres y abuelos, la obligación de auspicio se extiende durante un periodo de 20 años desde la fecha en que el miembro de la familia se vuelve un residente permanente. Para todos los demás familiares, la obligación tiene una duración de 10 años.
La Corte Suprema de Canadá decidió durante el juicio del Fiscal General de Canadá vs. Mavi en el 2011, que a pesar que la obligación del auspiciador de reembolsar al estado por los beneficios recibidos por sus familiares puede diferirse en ciertas circunstancias, no se puede eliminar por completo.
Patrocinadores que viven fuera de Canadá:
Los ciudadanos canadienses que viven fuera de Canadá pueden auspiciar a su cónyuge, pareja de hecho, pareja conyugal o hijos dependientes sin hijos dependientes, que no hayan sido condenados por un delito que cause lesiones corporales, siempre y cuando puedan demostrar que residirán en Canadá después de su aterrizaje auspiciado.
Los residentes permanentes que residen en el extranjero no pueden auspiciar a su familia desde fuera de Canadá. Además, un cónyuge o pareja de hecho en Canadá sólo puede presentar una aplicación dentro de Canadá para auspiciar a su cónyuge o pareja de hecho si están viviendo juntos en Canadá; de lo contrario, la aplicación deberá presentarse a través de una oficina de visado. Estas son las áreas que generan varias dificultades y retos para los auspiciadores.
Patrocinadores y personas patrocinadoras en Quebec:
Auspiciador (garante):
Usted puede patrocinar a un familiar cercano que no haya sido condenado por un delito que cause lesiones corporales si usted es un ciudadano canadiense o residente permanente viviendo en Quebec, tiene mínimo 18 años de edad y cumple con los prerrequisitos.
Persona patrocinada (familiar cercano):
Usted puede patrocinar:
- a su cónyuge, pareja de hecho o pareja conyugal
- su hijos dependientes
- su padre, madre, abuelo o abuela – Aplican condiciones adicionales
- su hermano, hermana, sobrino, sobrina, nieto o nieta huérfana, menor de 18 años de edad, que no esté casado(a) o en un matrimonio de hecho.
- un niño que usted tiene planificado adoptar (adopción internacional).
Las personas interesadas en aplicar bajo la categoría de patrocinio de la Clase Familiar pueden obtener una evaluación de su elegibilidad al completar nuestra Evaluación en línea gratis.